Puente de evidencia
Si el culto no autorizado era peligroso dentro del Mishkán, ¿por qué suponer que una mediación no autorizada es inofensiva fuera de él?
Esta página examina «Si el culto no autorizado era peligroso dentro del Mishkán, ¿por qué suponer que una mediación no autorizada es inofensiva fuera de él?» desde los textos primarios que controlan la cuestión. Distingue lo verificado, lo posible, lo disputado y lo no sustentado sin convertir una conclusión teológica posterior en prueba del significado original.
Lo que estableció este artículo
Nadav y Avihú demuestran que una innovación sagrada puede fracasar incluso cerca del santuario, pero Levítico 10 no menciona directamente al cristianismo. La pregunta más precisa desde la Torá es si un mediador posterior posee una jurisdicción que el pacto anterior realmente autoriza.
- Verificado: Levítico 10 condena como «fuego extraño» un acto sagrado no autorizado.
- Verificado: la Torá contiene mediadores autorizados y funciones reguladas.
- Principio sustentado: la sinceridad o la condición sagrada no sustituyen la autorización divina.
- No demostrado sólo por Levítico 10: que las afirmaciones cristianas sobre la mediación sean falsas.
- Todavía necesario: un fundamento en la Torá para todo mediador del que se afirme que modifica el sacerdocio, el sacrificio, el pacto o el acceso a Dios.
La pregunta que sigue abierta
¿Qué afirmaciones de autoridad de los Evangelios se sostienen cuando primero deben demostrar su jurisdicción conforme a las reglas estables de la Torá?
Por qué este libro es el siguiente paso
Este libro convierte la pregunta por la mediación autorizada en una auditoría completa de la autoridad de los Evangelios, con la jurisdicción antes que la evidencia.
Para someter la pregunta restante a una revisión completa, continúa con Court Case Jesus: A Torah-Jurisdiction Audit of Gospel Authority Claims. El libro amplía de manera sistemática la misma prueba de fuentes, contexto y límites del pacto.
